Vencimientos DGI 2019
Los vencimientos para el pago de los principales impuestos, según el tipo de contribuyente, serán los dias 20, 22 y 25 de cada mes
Iva mínimo, según el numeral 5 de la resolución de vencimientos, el pago deberá realizarse los días 20 de cada mes, si el mismo es un día sábado, domingo o feriado, se pasa para el día hábil siguiente
Contribuyentes CEDE y Grandes, según el numeral 2, el pago deberá realizarse los días 22 de cada mes, si el mismo es un día sábado, domingo o feriado, se pasa para el día hábil siguiente, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 19 (responsables sustitutos IRPF II)
Contribuyentes NO CEDE, según el numeral 3 de la resolución, el pago deberá realizarse los días 25 de cada mes, siguiendo el mismo razonamiento para los días sábados, domingos o feriados.
Para los vencimientos de declaraciones juradas y restantes obligaciones, debe consultar la Resolución N° 10672/2018
Enlace Resolución N° 10672/2018: https://www.dgi.gub.uy/wdgi/afiledownload?2,4,381,O,S,0,34910%3BS%3B1%3B126
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A las ordenes.