El emprendimiento empresarial puede realizarse a título individual, sin constituir una sociedad. Es el caso de las llamadas empresas unipersonales, las cuales no tienen personería jurídica. El titular de la empresa responde personal e ilimitadamente por las obligaciones de la misma.
Aspectos principales de las Empresas Unipersonales a considerar
Giro: No tiene limitaciones operativas, salco la de realizar actividades financieras y de seguros
Responsabilidad: El empresario unipersonal responde personal e ilimitadamente por las obligaciones sociales
Capital: No tiene capital mínimo ni máximo
Compromiso personal, anonimato, utilidades: Existe una identidad total entre la persona y la empresa,, siendo la persona dueña de la empresa y de sus utilidades.
Transferencia: La titularidad de la empresa unipersonal no se puede transferir; deben trasferirse los activos y pasivos de la empresa.
La empresa unipersonal no requiere un procedimiento de constitución, solo debe cumplir con obligaciones de índole tributaria, debiendo inscribirse en la DGI, BPS, MTSS y en caso de ocupar personal, ante el BSE.
Debe presentar Formulario 0351 en 3 vías y REC.205 en 2 vías (si es Profesional no es necesario REC.205), 2 fotocopias de cédula de identidad del titular y constancia de domicilio fiscal: factura original y dos fotocopias de UTE, OSE o ANTEL (exclusivamente) de no más de 60 días de vigencia a nombre del titular. Si es Profesional, constancia de inscripción de caja de profesionales.
Buenas tardes, deseaba consultar para abrir una unipersonal a nombre de mi esposo. Además de ser dependientes, somos feriantes y deseamos ampliar las posibilidades de venta en relación a poder emitir facturas para quien lo solicite, venta electrónica y también realizar pequeñas importaciones. Mi esposo es dependiente pero su trabajo es muy precario, yo soy funcionaria pública y además tengo una empresa de servicios personales pero con muy poco movimiento. Qué nos sugerirían abrir, también en relación al SNIS. Se comenzaría pagando el 25 %del iva mínimo, el aporte correspondiente de irpf según lo facturado y lo fijo del BPS? Gracias
Hola Joanna, gracias por contactarnos.
Te contesto en base a la información que me brindas.
Tu esposo puede abrir la unipersonal. Habría que evaluar si puede tributar como monotributo (debe cumplir cierto requisitos) o como pequeña empresa Literal E (iva mínimo).
Si optaras por monotributo pagarías un monto mensual a BPS que puede ir desde 1463 pesos en adelante, dependiendo de los aportes al SNIS.
Si optas por el régimen de pequeña empresa, vas a tributar un iva mínimo que para el primer ejercicio es el 25% del valor establecido y ademas el aporte jubilatorio que tambien varia de acuerdo a los aportes al SNIS.
Te dejo un link para que evalues mejor lo del monotributo y veas si puedes aplicar: https://empresaaldiauy.com/2019/01/28/monotributo/
Al ser una actividad que combina capital y trabajo, no caerías dentro de IRPF, sino dentro de IRAE, pero en ambos casos estaría exonerado.
Para mas información no dudes en contactarnos al 092 514 228 o al mail contacto@empresaaldiauy.com
Sds.
Marcelo
Buen día, tengo una empresa iva mínimo.
yo recibire tanto pagos en efectivo como electronicos (tranferencia bancaria)
Dgi me tomara el monto recibido de forma electronica para el beneficio de computar menos para el tope de ingresos?
o como recibo en efectivo y electronico no tendre el beneficio?
Hola Gabriel.. Si, hasta el 31/12/19 puedes tomar el 80% de los ingresos recibidos por transferencia, independientemente de que cobres algunos en efectivo. Sds. Marcelo
luego del 31/12/2019 ya no existira el beneficio?
Hola Gabriel…. Esa es la fecha límite que Dgi ha comunicado, o sea que por ahora el beneficio es hasta el 31/12.sds. MARCELO
HOLA MI NOMBRE ES JULIO Y QUERIA SABER QUE TIPO DE EMPRESA ME COMBIENE ABRIR PARA VENDER REPUESTOS AUTOMOTORES A CONSUMIDOR FINAL Y EMPRESAS QUE DESCUENTEN IVA, COMO ESTARIA EMPEZANDO BUSCO ALGO QUE PAGUE LO MENOS POSIBLE DE TRIBUTOS FIJOS O SINO TENDRIA QUE ABRIR UNIPERSONAL ME PERDERIA DE VENDER A EMPRESAS QUE BUSCAN DESCONTAR IVA?
DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
hola, Marcelo. Muchas gracias de antemando por este servicio de consulta web. Ya anteriormente te había consultado en tu web anterior.
Tengo una nueva consulta.
Te cuento antes que: mi señora tenía una Unipersonal (tienda de ropa) hasta Mayo del 2017 con Régimen General esos meses del 2017, Literal E en el 2016 y monotributo anteriormente. Cómo era mucho lo que se pagaba y complicado para una pequeña empresa la cerró verificando todo en DGI/BPS para no quedar debiendo nada claro. Y abrió una Sociedad de hecho conmigo como Literal E hasta ahora que la estamos cerrando porque con todo esto bajó mucho la venta y no da para seguir pagando como 8000 pesos entre DGI y BPS cada mes.
La consulta es: después de cuando tiempo ella podría abrir de nuevo la unipersonal y si la puede abrir como monotributo ?
Muchas gracias de nuevo.
Daniel
Hola Daniel, perdón la demora en contestar.
La unipersonal la puede abrir sin problema cuando desee, no tiene que esperar ningún plazo.
En cuanto si puede abrir como monotributo, entiendo que no existe ninguna limitación dado que la empresa anterior fue clausurada.
Sds
Hola buenas noche, pase por la otra pagina que tenias y la verdad me intereso y gusto la manera de reponder que tienes, mira yo tengo una consulta yo trabajo en la mañana en un caif y en l tarde soy modista y casi diseñadora de moda, mi idea es registrarme en donde corresponda para comenzar a pagar bps y dgi, ya que aveces no puedo aceptar algun trabajito (realización de prendas) de empresas porque me piden boleta. Que me recomiemdas un monotributo y cuanto tendria mas o menos que pagar y si por estar trabajando en otro cosa me perjudicaria en algo.
Gracias Estela.
Hola Estela gracias por escribir.
Para la tarea que realizas de modista puedes abrir sin problemas un monotributo.
Deberias tributar mensualmente una factura a BPS que el monto va a depender si optas por tener cobertura de salud o no.
Te dejo un link de bps donde hay mas info:
https://www.bps.gub.uy/6668/monotributo-ley-18083.html
Sds
Hola buenas noches, me contacto con usted porque estoy por pasar de ser una literal e a monotributo. Y quería saber cuánto es que se paga de dgi en una monotributo con unos ingresos de 130000 pesos mensuales
Hola Lucas.
Te paso el link de BPS para que veas los aportes del monotributo dependiendo de tu situacion con el fonasa. La facturacion que tengas no es relevante.
https://www.bps.gub.uy/6668/monotributo-ley-18083.html
sds
Hola Lucas.
Si estas en monotributo a DGI no se paga nada, se paga un unico monto a bps.
Por otro lado te comento que no es posible pasar de literal e a monotributo, si es posible de monotributo a literal e.
sds
hola, consulta; soy empleado de una empresa de construccion , pero a su vez tengo una maquina ( retroexcavadora) quisiera habrir una oequeña empresa, algo minimo, ya que solo trabajo los fines de semana y no todos con mi maquina. no quiero poerder ningun beneficio en la empresa que trabajo. que seria lo recomendable? tengo que pagar la caja dos veces? gracias
Hola Javier, gracias por escribir.
Te respondo algo concreto en base a la información que me brindas.
Si vas a realizar alguna tarea con tu maquina no te implica la perdida de ningún beneficio en tu trabajo como dependiente.
Podrías abrir una empresa unipersonal a tu nombre y entrar en el régimen de pequeña empresa, pagando una factura mensual a bps por tus aportes jubilatorios y a DGI pagarías un iva mínimo, que para el primer año rondaría los 1.000 pesos.
Al BPS realizarías aportes tanto como dependiente y como titular de la empresa unipersonal.
A las ordenes.
Hola, buenas noches, estoy interesado en abrir una droguería, quisiera saber qué tipo de empresa necesito tener? Puede ser una unipersonal pequeña empresa o régimen general? Que impuestos tendría que pagar?
Muchas gracias!!
Hola Martin, gracias por escribir.
Lo primero es ver el tipo de empresa, que puede ser, unipersonal, SRL, SA o SAS. Lo mas económico para iniciar va a ser siempre la unipersonal, pero tiene sus pro y sus contras.
Luego hay que ver el régimen de aportación, lo cual en tu caso puede ser una pequeña empresa, donde pagarías un iva mínimo a DGI que en el primer año ronda los mil pesos, mas la factura a BPS por tus aportes jubilatorios y el fonasa.
A las ordenes
Hola, mi consulta es la siguiente yo tengo monotributo mides , no me explicaron nada de hasta cuánto es el monto que puedo facturar para no pasarme porque una señora comerciante me dijo q si me pasó pago platales y que ellos no avisan tampoco sé cómo se paga ese monotributo ni dónde si pudieras responderme el límite q puedo facturar y dónde se paga.
Desde ya muchas gracias
Hola Gloria, gracias por escribir.
El monotributo tiene un tope de facturación, que para este año esta fijado en $ 875.655 en el año.
Te adjunto el link de bps donde esta todo la informacion al respecto.
sds
https://www.bps.gub.uy/10449/monotributo-social-mides—ley-18874.html
Hola, buenas tardes, la verdad excelente la página y la forma de explicar. Mi pregunta es la siguiente, se puede tener un monotributo unipersonal con más de un dependiente y al mismo tiempo conyuge colaborador? y que tipo de contribuyente sería, sabes que yo me manejo mi propio usuario bps y en el tipo de contribuyente escogí hace años «más de un dependiente y sin cob mutual», ahora quiero tener cobertura yo, mi esposa y mi hijo pero no me deja pasar el código de salud de 9 a 16 que es el q corresponde. tal vez tenga que pasarme a iva minimo pero no sé. Yo quiero seguir siendo monotributo y teniendo dos dependientes zafrales.
Muchas gracias
Hola Bruno, gracias por escribir.
Con el monotributo solo puedes tener un dependiente, esa es una de las limitantes.
En cuanto al código de salud si estas no deberías tener problema en hacer la modificación, talvez hay algo que estés haciendo mal en el cambio, te conviene llamar a BPS para que te guíen.
A las ordenes.
Marcelo
Buenas noches, mi hijo aporta como Pequeña Empresa literal E…Es feriante y quiere poner un empleado en caja.Puede?..Cuanto seria los aportes? Actualmente paga $8000… DGI está pagando el 50%..Le comentaron de una Sociedad de Hecho, , que pagaría menos .pero, nosé me surge la duda por si puede poner un empleado. Desde ya muchas gracias.. saludos
Hola Maria, gracias por escribir.
Si, puede sin ningun problema poner un empleado.
Te paso el link de bps donde esta el simulador de cuando te costaria un empleado en base al sueldo y al fonasa.
https://app1.bps.gub.uy/AcercaSimuladorCalculosWeb/paginas/simuladorPersona/seleccionSimulacion.jsf
A las ordenes.
Hola, tengo una consulta, trabajo en una empresa como empleado por Industria y comercio, osea que ya tengo fonasa. Me interesa abrir algun tipo de empresa para ofrecer servicios de alquiler de equipos de fotografia y tambien ofrecer el servicio de fotografo. Que seria lo mas economico y conveniente? Seria poco monto porque es algo muy minimo pero necesito poder tener boleta si me lo solicitan. Como imagino es esporadico, algunos meses capaz no facturo nada, necesito que sea lo mas minimo posible. Desde ya gracias!
Hola Les Paul, gracias por escribir.
De acuerdo al tipo de actividad que me mencionas es una actividad que combina capital y trabajo por lo cual podrías abrir un monotributo como para comenzar ya que es lo mas económico.
Te paso link de bps donde figuran los aportes del monotributo
https://www.bps.gub.uy/18051/monotributo-ley-19942.html
A las ordenes.
Marcelo
Pregunta ya contestada
Buenas noches, con mi cónyuge tenemos una empresa literal e (empresa A), que en estos momentos está a mi nombre, él podría abrir una empresa monotributo (empresa B), siendo que antes fue el titular de la empresa A?
O tendría que figurar como mi empleado para hacerlo? Desde ya muchas gracias
Hola Jona, gracias por escribir.
Lo que llamas la empresa A es una unipersonal a tu nombre o sea que eres tú la titular, no es que la tengas en sociedad con tu cónyuge. A lo sumo capaz lo tienes registrado como cónyuge colaborador o como empleado tuyo, pero la empresa es tuya, así que el no tiene ninguna empresa abierta, ni tampoco tiene nada que ver con la empresa que tuvo él anteriormente por mas que se dediquen a lo mismo.
Si el en su momento tenia una unipersonal (a su nombre) hay que ver en que régimen estaba, si estaba como monotributo o estaba como literal E. Si era monotributo no hay problema en que la vuelva a abrir como monotributo, si era literal E hay que ver cuanto tiempo hace que cerro como para que pueda bajar de régimen y ser monotributo. Esto ultimo te conviene llamar a DGI al 1344 para corroborarlo bien porque no tengo claro los plazos.
A las ordenes.
Marcelo
Pregunta ya contestada.
Buenos días, queria saber que trámite tengo que hacer para pasar de literal E a regimen normal, o sea pagando iva 22%. Voy a DGI y pido eso nomas? gracias
Hola Matias.
Es un tramite que hoy en dia se puede hacer online. Te paso el link de DGI con los detalles.
https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,modificaciones,preguntas-frecuentes-ampliacion,O,es,0,PAG;CONC;1017;8;D;en-que-formularios-se-presenta-el-cambio-de-impuestos-a-los-que-se-esta-obligado;4;PAG;
Hola,
Tengo un par de consultas
en el hipotetico caso de trabajar para una empresa CEDE, facturando mis servicios profesionales (ovbiamente abriria una unipersonal):
-entiendo que la propia empresa se encarga de hacer las retenciones mensuales de IRPF, ¿es correcto esto que digo?
-en ese caso, ¿debo hacer algo de mi parte respecto a los adelantos bimensuales de IRPF?,¿debo hacer la declaracion jurada anual de IRPF?
Gracias y saludos
Hola Gustavo, gracias por escribir.
Si, es correcto, la empresa CEDE te va a retener por concepto de IRPF el 7% del monto sin iva siempre y cuando lo que le factures en el mes sea mas de 10.000 UI ($ 50 mil aprox).
En ese caso tu debes controlar toda tu facturación del bimestre y ver cuanto tendrías que pagar de IRPF y descontar esa retención que te hayan realizado.
Si, tienes que realizar declaración jurada de IRPF, de IVA y de fonasa de forma anual.
Estoy a las ordenes.
Hola, te consulto si es posible abrir una unipersonal lit. E con actividad agropecuaria.
Gracias y saludos.
Hola Lucas, gracias por escribir.
La unipersonal con actividad agropecuaria, no puede optar por tributar el impuesto a las pequeñas empresa o iva minimo, sino que debe tributar IRAE o IMEBA e IVA.
A las ordenes.
Marcelo
Hola ,tengo un monotributo Común por un negocio gastronomico. Se me presento la posibilidad de trabajar con una productora de cine, en un pequeño papel de actor y debo facturar por esa jornada de trabajo. Consulta ¿ Debo abrir una empresa unipersonal para esa puntual factura ? o puedo facturar con el monotributo común que ya tengo inscrito para mi otro negocio de comida? ¿puedo agregar otro giro a mi monotributo actual para poder facturar lo de cine?
Muchas gracias por tu ayuda !
Hola Juan, gracias por escribir.
En el caso de que vayas a facturar tu trabajo como actor independiente, tendrías que abrir la aportación de «servicios personales» dentro de la empresa unipersonal que ya tienes abierta. El tema acá es el siguiente, vas a tener que salir de monotributo, ya que uno de los requisitos de este tipo de aportación (monotributo), es que se tenga una sola actividad con afiliación patronal y tu pasarías a tener 2, por lo cual tendrías que pasar al siguiente tipo de tributación que es la «pequeña empresa».
Estarías como pequeña empresa en el rubro gastronómico, pagando la factura de BPS mas la cuota de iva mínimo y aportarías como servicios personales por el trabajo de actor, pagando iva e irpf cada 2 meses y fonasa mensual.
Por mas info puedes contactarme al 092 514 228 y coordinamos una entrevista.
A las ordenes
Yo soy técnico en comunicación social y trabajo en forma independiente, quiero abrir una unipersonal, puedo? y cuán sería el aporte?
Hola Maria.
No conozco bien la carrera, pero por lo que mencionas es una tecnicatura, o sea que asumo que no aportas a la caja de profesionales para ejercer la profesion.
Para trabajar como independiente y facturar tus servicios, puedes abrir una unipersonal de servicios personales no profesionales.
A Bps pagarías una factura mensual por tus aportes jubilatorios y fonasa y cada 2 meses pagarías el Iva e IRPF si corresponde.
Depende de tu situación familiar para el fonasa, pero sin hijos y sin cónyuge pagarías unos $ 6.593 a BPS mensual, despues habria que hacer los calculos de iva e irpf cada 2 meses.
Sds
Una unipersonal de servicios personales profesional, cuanto aporta minimo c/h a cargo
Hola Mary.
Si eres profesional y vas a ejercer tu profesion, entonces mensualmente debes pagar la caja de profesionales en la categoria que corresponda.
Por otro lado, de manera bimestral, vas a pagar el IVA e IRPF si corresponde sobre lo que factures.
No entendí que quisiste poner «c/h a cargo»
sds
Buenas tardes,
Una empresa literal e sin trabajadores dependientes tiene que pagar apores jubilatorios y FRL?
Hola Marina, creo me habia quedado sin responder tu consulta.
La respuesta es si, tiene que pagar aportes jubilatorios y FRL y fonasa sobre 11 BFC
Te dejo el link de bps para mas detalle
https://www.bps.gub.uy/6665/industria-y-comercio.html
sds
Buenas tardes.
Soy tecnóloga química egresada de la UDELAR pero la carrera no tiene aportes a la caja profesional, y me surgen clientes empresas que solicitan que los asesores mediante facturación. Que tipo de empresa me conviene tener? También tengo un contrato fijo en una empresa del rubro metalúrgico.
Aguardo su respuesta.
Muchas gracias
Hola Vanessa, gracias por escribir.
Tu carrera entiendo es una tecnicatura, no tiene titulo profesional, por eso no lleva aportes a la caja.
Podrías abrir una Unipersonal de Servicios No Profesionales.
Pagarías a BPS: una factura por tus aportes jubilatorios de aprox $ 4mil por mes, también tendrías que pagar una factura mensual por el Fonasa que está en un mínimo de $ 4.215 (puede ser mas, depende tu facturación).
A DGI pagarías de manera bimestral el iva de lo facturado en esos 2 meses (iva ventas – iva compras) y tendrías que hacer los calculo de IRPF para ver si corresponde anticipar.
A las órdenes.
sds
Buenas, mi consulta es la siguiente, mi prima es arquitecta, pero debido al costo que conlleva se declaro en la caja de profesionales como «no actividad», tiene RUT como arquitecta.
La consulta es , puede cerrar la empresa actual y constituir una unipersonal para facturar?
En caso afirmativo le conviene cerrar y abrir una nueva empresa o realizar la modificación en los organismos públicos?
Cual seria la mejor opción para este caso?
Muchas gracias!!!
Hola Juan.
Si va a brindar servicios que corresponden al ejercicio de su profesión, entonces debe aportar a la caja de profesionales (aporte jubilatorio) y en bps tener abierta la empresa con aportación de servicios personales profesionales, donde a dicho organismo solo abonará el Fonasa mensual.
Si está declarada en No ejercicio en la caja de profesionales y tiene abierta empresa en BPS, en dicho organismo debe figurar como una empresa de servicios personales No profesionales y pagar una factura por el aporte jubilatorio y el Fonasa, aparte de lo que debe pagar a DGI por el Iva e IRPF.
sds
Buenas noches.
Soy jubilado y se plantea la posibilidad de ser contratado para dar apoyo informático.
Entiendo que no podría ser monotributo por mi ingreso actual.
¿Qué tipo de empresa me convendría presentar y qué aportes a cada organismo debería hacer?
Gracias.
Hola Oscar. Te contesto a grandes rasgos, porque es un tema para desarrollarlo y con mas información.
Podrías abrir una unipersonal, bajo el régimen de pequeña empresa o régimen general (habría que evaluarlo). Pagarías tus aportes al BPS y a DGI un iva mínimo en el caso de pequeña empresa; IRAE e Iva general en el caso que optes por Régimen general.
La otra opción sería abrir una SAS, donde estarías tu como único socio y poder así ampararte a la exoneración del IRAE, por lo que pagarías la factura de bps mas el IVA general a DGI por lo facturado.
sds
Hola.
Gracias.
Paso a evaluar posibilidades.
Saludos.
Hola! Respecto a lo que se respondió de la duda del arquitecto, si el caso fuese que aporte en la caja profesional en la 2da categoría pero no tenga facturación porque no trabaja de eso y solo aporta mensualmente a la caja para su jubilación, para el FONASA declara todo en 0 y no paga nada al BPS o tiene que pagar el mínimo del CPE aunque no facture?
Gracias
Hola Facundo.
Si aportas a la caja de profesionales porque estas declarado en ejercicio y a la vez tienes otro trabajo como dependiente en el cual realizas aportes al fonasa, y siempre que en tu trabajo como profesional no factures nada, entonces solo pagas Fonasa por el trabajo como dependiente. Si algun mes realizas factura como profesional, entonces aportas al fonasa aplicando la tasa que corresponda sobre el 70% del valor facturado.
sds
Gracias por esta respuesta. Me queda una duda, si no tenés trabajo dependiente, tenés que pagar mínimo de CPE mensual?
Gracias!
Hola Valentina.
Es correcto lo que mencionas, deberías aportar como mínimo el valor del CPE vigente.
Siempre comparando con el importe que surge de aplicarle la tasa (de fonasa) correspondiente al 70% de lo facturado en el mes sin iva y aportar por el mayor.
Sds.
Marcelo
Hola, buenos dias
A un primo le sucedio que desde la empresa le dijeron que teiene que pasarte a unipersonal pero no es profesional, seria una unipersonal que atiende chats via internet, deberia ser una unipersonal de regimen general?
De ser asi que impuestos deberia pagar?
Hola Juan.
En ese caso, debe abrir una unipersonal de servicios no profesionales.
Los impuestos que debe pagar son: BPS por sus aportes jubilatorios, fonasa sobre su facturacion mensual, IVA e IRPF de manera bimensual.
sds
Marcelo
Buenas tardes,estoy por abrir una unipersonal y la duda se me plantea en relacion a mi conyuge que va a trabajar conmigo.La puedo poner a ella como empleada del negocio, con un sueldos y realizando los aportes correspondientes?
Hola Jorge.
Entiendo que si, que no tendrias problema en ponerla como dependiente, con un sueldo y cargo.
sds
Marcelo
Buenas tardes.
Realizo tareas de servicios desarrollo y diseño web, entre otras afines, en su mayoría hacia el exterior.
Quisoera tener una idea de cual seria el monto aproximado que debo abonar en caso de abrir empresa a cada organosmo, y si se factura IVA al exterior?
Muchas gracias
Hola Pablo, gracias por escribir.
Te comento a grandes rasgos.
Si abres una unipersonal, no te puedes amparar a la exoneración del IRAE, si abres una SAS si podrías ampararte y no pagar IRAE.
Si vas por la unipersonal, habría que evaluar en primer lugar si el equipo para trabajar te lo aporta el cliente o es tuyo propio, en caso de ser propio, quedas comprendido en el IRAE y comenzarías a realizar anticipos mínimos de IRAE que hoy están en $ 5.970. Si el equipo te lo brinda el cliente, quedarias comprendido en el IRPF, realizando anticipos bimensuales.
Si vas por la SAS quedas automáticamente comprendido dentro del IRAE y se podría gestionar la exoneración del IRAE.
En ambos casos no facturarías con iva si es al exterior.
sds.
Marcelo
Buenas noches . Tengo una pregunta agradesco si me puedes responder algunas preguntas . Recién me recibí y voy a declarar ante la caja profesional el ejercicio de laa profesión. Mi pregunta es para ejercer libremente debo si o si abrir una empresa unipersonal ?
Trabajo como dependiente en otro trabajo como pero no en el ejercicio de la profesión. Debo pagar fonasa si o si ? Como tendría que hacer el calculo ? Me restarian parte del aporte que ya hago como empleada ?
Y si este año no persivo ganancias ?
Es obligación pagar bps si aporto a la caja profesional por fonasa ? Si la respuesta es si . Cual es la falta o sanción?
Hola Azul.
Felicitaciones por tu graduación.
Para poder ejercer de manera independiente, debes inscribirte en la caja de profesionales y abrir tu unipersonal, de manera contraria no podrías facturar tus servicios a tus clientes.
Si ya aportas al Fonasa como dependiente, entonces en tu empresa unipersonal vas a pagar Fonasa aplicando la tasa correspondiente sobre el 70% del monto facturado en el mes sin iva, sin tener necesidad de pagar el mínimo (CPE), y en si algún mes no facturas nada, entonces no pagas Fonasa por la unipersonal.
Al BPS solo vas a pagarle el fonasa cuando factures, los aportes jubilatorios los pagas a la caja de profesionales.
Sds.
Marcelo
Hola bueas tardes,
Recientemente abrimos junto a mi esposo una empresa unipersonal de transporte profesional, tengo dudas con respecto a que debemos tributar ya que el hace trabajos para el puerto (IVA exportacion) , fuera del puerto y tambien exentos.
Por otra parte, tambien tendriamos que hacer adelantos mensuales? Muchas gracias muy buen contenido el de tu pagina!
Hola Ximena gracias por escribir.
Te contesto de manera resumida y con la información que me brindaste.
Si tienes fletes que son realizados al puerto, estas ante una exportación de servicios de acuerdo al art 34 del Dcto 220/998, por lo cual la factura no llevaría IVA.
En cuanto al IRAE, entiendo que debes comenzar a realizar anticipos mínimos desde que realizas la primer factura. El anticipo mínimo de este año es de $ 5.970.
El tema es bastante mas amplio, pero en resumen, tendrias que comenzar a anticipar irae y si solo realizas trabajos al puerto, no tendrias IVA.
Hola, buenas tardes. Estoy jubilado por IyC desde 6/3/2019 y me contactaron porque requieren mis servicios nuevamente en régimen de medio horario (4 horas diarias) y me indican que debo abrir una unipersonal. Yo fui dependiente, tuve una unipersonal y una SRL que cerré oportunamente en forma correcta. Mis duda es si debo también pagar FONASA en la unipersonal que abriría, puesto que ya lo pago a través de mi jubilación. Tengo claro que debo abonar el IRPF y el 15% al BPS, y por supuesto el IVA resultante de compras y ventas, bimensualmente. Gracias por su atención. Cordial saludo.
Hola Norman, gracias por escribir.
No estoy actualizado en este tema de Jubilados que vuelven a trabajar, por lo cual te recomiendo que llames a BPS para evacuar las dudas.
Si tuviese que dar una opinión, estimo que vas a tener que aportar Fonasa sobre el 70% de tu facturación mensual aplicando la tasa que corresponda, pero no te lo puedo asegurar.
A las órdenes.
Marcelo
Buen día, tengo que abrir una empresa con giro mantenimiento general, jardinería y albañilería. Puedo abrir una pequeña empresa iva mínimo? La venta seria para el estado, no hay problema que sea ese tipo de empresa?
Hola Ines, gracias por escribir.
Si, podrías abrir una unipersonal en régimen pequeña empresa.
No tendrías problema en facturarle al estado, al menos que por algun requisito especifico te pidan que factures con IVA, ahi tendrias que abrir la unipersonal pero en regimen general.
sds
Marcelo
Hola, buenas noches
En este momento te escribo porque he estado viendo que has asesorado a personas y me gustaria saber que paso seguir con mi unipersonal lit e.
Actualmente me encuentro siendo una literal e pero para el ejercicio que viene pasaría a regimen general, que tendria que empezar a pagar todos los meses por la unipersonal en regimen general?
Ademas se me esta abriendo la posibilidad de contratar a un dependiente, deberia pagar aportes patronales y personal? ademas debo contratar el seguro de acciodente por tener un dependiente?. La idea es que el dependiente trabaje solo 4hs y pueda tener el beneficio de fonasa y sus aportes
Aguardo por tus comentarios sobre la mejor opción a realizar
Hola Gabriel. Gracias por escribir.
Entiendo que has superado el tope de facturación por la Literal E y por eso pasarías a régimen general.
Si contratas un dependiente, entonces si, debes realizar los aportes patronales y personales, declararlo ente BPS mediante una nomina para que se genere la factura a pagar.
Al contratar el primer empleados debes contratar con el BSE el seguro de accidente de trabajo.
sds.
Marcelo
Como unipersonal de regimen general que deberia aportar a bps y fonasa? quedo comprendido en IRPF o ya seria IRAE? en caso de que tenga que optar por IRAE se podria liquidar por regimen ficto?
Que costos pasaria teener por pasar a regimen general?
Muchas gracias por todo lo aportado
Hola Gabriel, gracias por escribir. Voy a dar una respuesta con supuestos, porque hay muchas cosas que no las mencionas.
No me mencionas que tipo de actividad desarrollas ni en que régimen estas actualmente, pero voy a suponer que estas en régimen de pequeña empresa (Literal E/Iva mínimo) y que tu actividad combina capital y trabajo (no es servicios).
Si pasas a régimen general (porque estas facturando mas del tope de pequeña empresa), a BPS debes pagar tus aportes jubilatorio y el fonasa y a DGI realizar anticipos minimos de IRAE. No pagarias IRPF
Cuando hagas la liquidacion anual, podrias optar por liquidar bajo el regimen ficto.
A las ordenes
Marcelo
Hola buenos días, quiero hacer varias preguntas, soy dependiente de un trabajo en este caso en un supermercado devoto, pero a su vez quiero abrir una unipersonal de servicios persales, ósea quiero vender productos del consumo del hogar.
en este caso como seria mi aporte a los diferentes organismos. ya me descuentan Fonasa por mi trabajo dependiente también tengo que pagar por aquí.
como puedo enviar lo que facture ese mes en mi empresa, y no logro facturar nada es decir vender o tener ganancias de lo que debo de realizar aun así debo pagar algún impuesto ese mes
Hola, gracias por escribir.
Si lo que vas a vender son productos, entonces puedes abrir una unipersonal pero no de servicios, ya que combinarías capital y trabajo. Dentro de la unipersonal, si te sirve, puedes comenzar en el régimen de pequeña empresa (Iva mínimo), ó comenzar ya en el régimen general ya que en pequeña empresa no puedes facturar con iva.
Como titular de la unipersonal pagarías una factura a bps por tus aportes jubilatorio y también fonasa. Si bien aportas como dependiente, también debes hacerlo como titular de la unipersonal.
Por ahora puedes comenzar con facturación en papel, pero también puedes comenzar con facturación electrónica ya que a partir del 2025 será obligatoria.
Si en algun mes no vendes nada, igual debes pagar BPS y DGI.
A las ordenes
Saludos, me gustaría hacerles algunas preguntas para que me puedan orientar. Estoy interesado en ofrecer servicios de cuidado a domicilio o acompañamiento para adultos y personas dependientes y me preguntaba si con una empresa unipersonal podria ofrecer esos servicios y me gustaría saber además, cuál es el régimen más conveniente en caso de que me sirvan.
Hola Gerardo, gracias por escribir.
Si, con una empresa unipersonal puedes brindar el servicio.
Por el rubro que me mencionas, tendrias que abrir una unipersonal de servicios no profesionales, debiendo inscribirte en BPS y DGI. Pagarias una factura mensual a bps por tus aportes jubilatorios y otra factura por el fonasa en base a lo que factures por mes. A DGI deberias pagar de manera bimestral, IVA e IRPF, si corresponde.
A las ordenes.
Hola queria consultar en caso de cambio de nombre y sexo en la cedula, que se debe hacer si se tiene una empresa unipersonal para que tambien quede modificada? supongo que no se puede seguir operando con la misma verdad? gracias, saludos.
Hola Claudia, gracias por escribir.
No he tenido el caso, pero entiendo que se debería enviar una modificación a BPS y DGI con el formulario 0351 donde modificas el nombre. La cedula sigue siendo la misma, así que no creo que haya inconveniente. Pero reitero, no he tenido el caso.
sds
Marcelo
Buen dia. soy empleado de un laboratoriio farmaceutico, soy encargado de mantenimeinto y cobro por el laudo. A su vez tengo una empresa unipersonal de industria y comercio, Mi consulta es la siguiente: en mi empresa ya llegue al punto de tener que contratar a una persona que me ayude en algunas areas, con su respectivo sueldo y aportes. Al contratarlo, deberia pagar de mas por el sueldo que tengo en el laboratorio? existe algun aporte extra que deba saber para la contratacion? o son totalmente independientes ambos trabajos? Desde ya agradezco su respuesta. Saludos
Hola Marcelo, gracias por escribir.
De acuerdo a la información que me das, entiendo que la unipersonal no es de servicios, por ende no pagas IRPF, sino IRAE, o IVA minimo. Si es ese el caso, entonces los 2 ingresos son independientes. En tu trabajo como empleado te retienen IRPF y en tu empresa tu pagas el IRAE o Iva minimo.
Si tu unipersonal es de servicios, entonces ahí si te afecta, porque cuando haces los cálculos para el pago del IRPF bimensual en tu empresa, debes considerar los 2 trabajos.
A las órdenes.
Marcelo